Comerciantes y trabajadores turísticos no pagarán ingresos brutos durante todo el año

Se encuentra vigente el decreto que ofrece el 100% de bonificación en las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes del municipio de Iguazú que se dedican a los rubros comercial y turístico de esa localidad. La medida funciona desde febrero y se extenderá hasta diciembre del 2021 inclusive.

Iguazú (LaVozDeCataratas) Las actividades alcanzadas por este beneficio incluye a comercios al por menor, hotelería, gastronomía, transporte, agencias de viajes, servicios culturales y de entretenimiento, entre otros bienes y servicios relacionados exclusivamente al turismo.

Además, la Agencia Tributaria de Misiones (ATM) estará facultada para incluir cualquier otra actividad que considere pertinente de aplicar la exención al pago de Ingresos Brutos.
Este beneficio se complementa con el paquete de medidas lanzadas desde el Gobierno de Misiones destinadas a la recuperación de la actividad en la ciudad de las Cataratas, como el aumento de frecuencias de líneas áreas para Puerto Iguazú, los programas Ahora Iguazú, Crédito y Débito, Ahora Turismo y Ahora Vacaciones.

El objetivo de esta medida es continuar acompañando desde el Gobierno Provincial la recuperación del sector turístico y comercial de la ciudad, una de la más afectadas por la pandemia.

El decreto establece la bonificación del 100% en las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes del municipio de Puerto Iguazú, desde febrero hasta diciembre de 2021 inclusive.

Las actividades alcanzadas por este beneficio son:

a) Comercio al por menor;

b) Servicios de alojamiento, comida y hospedaje prestado por hoteles, residenciales, hosterías, pensiones, campamentos y casa de huéspedes, moteles y bungalows;

b) servicios de comidas y bebidas en restaurantes y cantinas, pizzerías, “grill”, “snack bar”, “fast food”, parrillas, bares, cafés, “whiskerías”, cervecerías, heladerías y expendio de productos lácteos, confitería, salones de té, etcétera. Asimismo todo comercio relacionado con el servicio turístico;

d) transportes locales urbanos y suburbanos de pasajeros, transporte de pasajeros en taxímetros y remises, ómnibus y otros automotores de turismo, alquiler de automóviles con o sin chofer;

e) servicios de playas de estacionamiento, garaje, lavado automático de automotores y servicios prestados por estaciones de servicios;

f) servicios prestados por agencias de turismo, destinados al municipio de Puerto Iguazú;

g) servicios de alquiler de lanchas y botes;

h) servicios prestados por salones de baile, discotecas y similares, relacionados con espectáculos deportivos, teatrales, musicales y cinematográficos;

i) servicios culturales de bibliotecas, museos, jardines botánicos y zoológicos, y otros servicios culturales no contemplados expresamente; y

j) toda otra actividad que determine la Agencia Tributaria de Misiones.

Este beneficio se complementa con el paquete de medidas destinadas a la recuperación de la actividad en la ciudad de las Cataratas, como el aumento de frecuencias de líneas áreas para Puerto Iguazú, los programas Ahora Iguazú, Crédito y Débito, Ahora Turismo y Ahora Vacaciones.

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