En las elecciones generales legislativas del domingo 14 se sumarán un total de 409.152 argentinos que residen en el exterior y que están habilitados para emitir su voto, quienes no lo hicieron en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del 12 de septiembre último debido a que se trató de internas, que no suponen emisión de votos para argentinos que no viven en el país.
Estarán habilitados para votar en los comicios generales aquellos argentinos que hayan efectuado su cambio de domicilio a algún país del extranjero hasta el 18 de mayo último, y que esté asentado en su Documento Nacional de Identidad (DNI), ya que el pasaporte no es un documento permitido para votar, en comicios que tienen la particularidad de emplear la boleta única.
La directora nacional Electoral, Diana Quiodo, explicó a Télam que «hay 133 representaciones en el exterior donde los argentinos pueden ir a votar, y no es que no lo pudieron hacer en las PASO, sino que está establecido en la legislación» que no pueden participar de los comicios primarios.
Precisó que «votan con el sistema de boleta única papel y en las categorías nacionales, es decir, candidatos a diputados y senadores nacionales, pertenecientes a la última provincia en la que estuvieron domiciliados en la Argentina».
Quiodo comentó que una vez realizado el cambio de domicilio al exterior, «el empadronamiento es automático, y no se tiene que hacer ningún otro trámite, porque anteriormente los electores tenían que manifestar su intención de ser incluidos al padrón».
El voto de los argentinos en el extranjero fue habilitado a través de la ley 24.007, de 1991, que creó el Registro de Electores Argentinos Residentes en el Exterior, que es permanente y está confeccionado por la Cámara Nacional Electoral (CNE), según se señaló en un informe de la Cancillería, en el que se recuerdan los requisitos y el procedimiento para emitir el sufragio.
Para poder participar de los comicios generales se deberá ser mayor de 16 años, tener actualizado el DNI con el domicilio en el exterior, y se votará en forma presencial entre las 8 y las 18 en la embajada o consulado de la jurisdicción que le corresponda al residente y cuente con padrón de electores.
Los argentinos residentes en el exterior no están obligados a participar de los comicios, sino que su voto es voluntario, y se diferencia con la votación que se realiza en la Argentina efectúa en el territorio nacional, ya que se emplea una boleta única, en papel, diseñada por la CNE y que es idéntica para todos los países.
Los documentos válidos para votar serán tanto el DNI tarjeta, como el DNI libreta celeste; además del DNI libreta celeste que contiene la leyenda «No válido para votar», el DNI libreta verde, la libreta de enrolamiento y la libreta cívica, precisó la cancillería.
Los distritos que más electores tienen residiendo en el exterior son Capital Federal, con 152.093; Buenos Aires, con 125.076; Mendoza, 27.935; Córdoba, 26.983, Santa Fe, 25.043; Entre Ríos, 6.441; Misiones, 6.139; Tucumán, 5.153; Salta, 4.246; San Juan, 3.769; Río Negro, 3.301; Formosa, 3.268; Corrientes, 3.012; Chaco, 2.674; Chubut, 2.357; Neuquén, 2.304; Jujuy, 2.197; San Luis, 1.693; Santiago del Estero, 1.429; La Pampa, 1.300; Santa Cruz, 947; Tierra del Fuego, 720, y La Rioja, 509, de acuerdo con cifras de la CNE.
Las ciudades con más electores argentinos son, entre otras, en España: Barcelona, con 36.534, Madrid; 28.861, y Cádiz, con 10.622; en Estados Unidos: Miami, con 31.707, Nueva York, 22.393, y Los Ángeles, con 18.995; en Asunción del Paraguay, 14.723; Montevideo, Uruguay, 13.988; Santiago de Chile, 13.277; Tel Aviv, Israel, con 13.172, y Milán, Italia, con 11.263, según cifras del 2019 proporcionadas por la Cancillería.
Quienes tengan en su DNI un domicilio en la Argentina, ya sea si está viviendo en el exterior o de viaje por cualquier motivo, deberán justificar la no emisión del voto para cada una de las elecciones en las que esté ausente -elecciones provinciales, PASO, generales-, a partir del día siguiente de los comicios y dentro de un plazo de 60 días.
La justificación puede presentarse online, ingresando al Registro de infractores habilitado por la CNE, adjuntando la foto del pasaporte o documentación que acredite que en la fecha de las elecciones no se encontraba en la Argentina, o en forma personal.
Al optar por esta última alternativa, la persona deberá presentarse en la oficina consular de la jurisdicción donde se encuentre de paso, en el Juzgado Federal con competencia electoral que corresponda a su domicilio o en la Cámara Nacional Electoral, en Leandro N. Alem 232, de la CABA.