Monotributo: sorpresa y rechazo frente al aumento retroactivo

Esta semana, a través de la Resolución General 5003, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los parámetros y valores de las categorías para los monotributistas.

Iguazú (LaVozDeCataratas) Como la actualización llegó con seis meses de demora -en los años anteriores se aplicaba a partir de enero-, el organismo determinó que estos nuevos valores tendrán efectos retroactivos a partir de enero de 2021.

Por eso,muchos monotributistas se encontraron que tienen una deuda, ya que la AFIP llevó adelante una categorización retroactiva, a enero de este año. Los nuevos valores de las categorías de monotributo se incrementaron un 35,3%, de acuerdo a la variación del haber mínimo para jubilaciones y pensiones, y se pueden consultar en el sitio de la AFIP (monotributo.afip.gob.ar).

“A partir de la actualización de los parámetros y valores del monotributo, todos los contribuyentes del régimen simplificado fueron categorizados en forma retroactiva por única vez. El procedimiento refleja la categoría en la que le correspondía encontrarse encuadrado a partir del 1 de febrero de 2021”, explicaron desde el organismo.

“El nivel de desconcierto que hay en los monotributistas es muy grande. Es el único régimen que hasta ahora venía respetando la ley por la cual se había creado como régimen especial y lo complejizaron tanto que hoy se da esta situación de cobro de deudas retroactivas en plena pandemia, con monotributistas que no tienen facturación. Es una situación que podría haberse resuelto hace seis meses. Esto genera el hartazgo de los contribuyentes, que terminan cayendo en la informalidad”, aseguró el tributarista Iván Sasovsky, CEO del estudio Sasovsky & Asociados.

La otra vereda

Dado que la gente cuida no pasarse de facturación en lo posible, son muchísimos, monotributistas que en lugar de un aumento retroactivo del 35% en el impuesto a pagar por el Monotributo tienen una disminución en la categoría de revista y, por lo tanto, una disminución del 35%. Esto genera un saldo a favor que podrán utilizar para el pago de futuras cuotas.

Sin embargo, es temprano para saber tanto cuánto es la deuda como cuánto es el beneficio a favor, ya que los sistemas de la AFIP están a prueba. El primer día aparecieron cifras en uno u otro sentido de 11.000 pesos que no tenían sentido para la categoría correspondiente, por ejemplo, pero al día siguiente esos valores habían bajado a 1.500 pesos.

Y, de todos modos, todavía puede pasar que sean distintos los dígitos y centavos en las cifras del Estado de Cuentas que aparece en el micrositio del Monotributo, de las que aparecen en el sitio Cuentas Corrientes Tributarias del Monotributo, en la página general de la AFIP. Incluso, esos valores pueden ser diferentes de los que dan hacer la suma por uno mismo.

Respecto del “encuadramiento en categoría inferior”, la AFIP publicó en las últimas horas en el micrositio del Monotributo lo siguiente:

“Cuando un contribuyente quede encuadrado en una categoría inferior a la que se encontraba, el excedente de lo abonado en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales podrá reimputarse”.

“Dicho procedimiento deberá hacerse mediante el servicio con clave fiscal CCMA -Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos-, o a través del portal Monotributo seleccionando la opción Estado de cuenta”.

“El excedente en los importes abonados en concepto de obra social, podrán reimputarse mediante el servicio ‘Presentaciones Digitales’ seleccionando el trámite ‘Reimputación de pagos-Formulario 399’”.

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