Femicidio de Vilma: “uno de los hechos más atroces de la criminología provincial”.

Se conocieron los fundamentos de la condena al soldado Leandro Villar por el femicidio de Vilma Mercado. Para los jueces fue “uno de los hechos más atroces de la criminología provincial”.

Se llevó a cabo ayer en el Tribunal Penal I de Eldorado la lectura de los fundamentos de la condena a prisión perpetua que recayó sobre el soldado Leandro Villar (21), quien tras ser juzgado fue hallado culpable del femicidio de la joven Vilma Mercado (19).

El pasado martes 9 de noviembre el imputado fue sentenciado a la pena máxima, que le dictaron por unanimidad los magistrados Atilio León (presidente), María Ramos y Liliana Komisarski, quienes resolvieron condenarlo por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por femicidio y criminis causa, robo y homicidio agravado por placer”.La resolución que explica la decisión final y que fue firmada por los mencionados jueces, cuenta con varios puntos que lo sustentan.

Se transcriben los testimonios y evidencias desplegadas durante el debate y que fueron recolectadas durante la instrucción de la causa, a cargo del juez penal de Puerto Iguazú, Martín Brites y del fiscal Horacio Paniagua. Para ello fue clave la labor de la Comisaría de la Mujer de esa misma localidad y de la División Homicidios. Además, cuenta con la versión que cada una de las partes alegó y planteó ante el Tribunal de juicio oral. En este caso el fiscal Federico Rodríguez y el abogado del acusado, Sebastián Benítez.

Una de las bases de las argumentaciones, que aquí se sintetizan y que fueron descriptas detalladamente por el presidente del Tribunal, Atilio León (a la que adhirieron los otros dos camaristas), tiene que ver con las herramientas de las que se valió el imputado para engañar a la víctima y asesinarlComo se desprende de lo hasta aquí recreado, no caben dudas entonces, que la puerta de ingreso que le permitió a Villar estar de algún modo en la vida de Vilma, no fue otra cosa que la necesidad de ésta de cumplir un anhelado sueño, ingresar y pertenecer a alguna fuerza de seguridad del Estado como suele ser el propósito de cientos de jóvenes; y que esta oportunidad fue vilmente utilizada por el señalado para llevar a la práctica sus más retorcidos deseos”, afirma en uno de sus puntos la fundamentación.

Es que tal como quedó demostrado en el debate, el soldado le prometió a la joven “los formularios necesarios para ingresar a dicha fuerza”. De esta manera y para la Justicia, captó su atención.

Fantásticas elucubraciones”

A partir de la promesa de ayudar a Vilma a ingresar al Ejército, y según los magistrados el acusado planificó el femicidio, que se concretó durante la madrugada del jueves 24 de octubre de 2019 en Puerto Iguazú.

Por ello calificaron de “fantásticas elucubraciones” los intentos del imputado por desligarse de cada elemento probatorio en su contra.

Uno de los más llamativos para el Tribunal fue cuando trató de justificar su presencia en el sitio donde se había consumado el crimen al decir que “a ese lugar solía asistir asiduamente para fumar porros (marihuana), ya que en su departamento no podía hacerlo porque en el de enfrente (departamento) vivía un gendarme”.

Tal como se comprobó mediante pericias telefónicas, “no quedaban dudas de que el imputado y no otra persona era quien había estado con Vilma en el lugar donde finalmente decidió ultimarla con saña y por placer”, precisó en uno de sus párrafos el fundamento. No obstante también hace mención de otra prueba que fue fundamental en la acusación: “la autopsia odontológica”. “La lesión que presentaba Villar en la cara palmar de la zona del dedo pulgar de la mano izquierda, coincidía con la forma, tamaño y disposición del tramo dentario incisivo central, incisivo lateral y canino, inferiores izquierdos de quien en vida fuera Vilma Daiana Mercado”, expresa dicho punto avalado por la profesional que hizo la pericia.

Además, quedó evidenciado que “desde la mirada del presidente del Tribunal, Villar volvió a faltar a la verdad; el acto sexual no se consumó en su domicilio, y mucho menos lo fue de manera consentida. Se trató de un abuso sexual en el lugar donde luego fue hallado el cadáver”. Otro de los dichos del acusado que analizaron los jueces tuvo que ver con el supuesto automóvil Volkswagen Gol Trend de color negro en el que según su versión, vio subir a la víctima y que luego no la volvió a ver.

“Ni el vehículo ni la persona que supuestamente lo conducía alguna vez existieron; que sus retorcidas ideas no pueden ni deben ser interpretadas sino como burdas maniobras tendientes a crear confusión, a hacer aparecer en el espectro de la causa un chivo expiatorio que lo lave de culpas respecto de uno de los hechos más atroces de la criminología provincial”, expresaron.

Agravante inédito

A la hora de analizar el agravante aplicado en la calificación que condenó al soldado, en este caso “homicidio por placer”, desde el Tribunal explicaron que le endilgaron dicha conducta porque “el placeres la sensación de contento o satisfacción que produce un hecho o circunstancia. Quien mata por placer lo hace por el gusto o grado que le produce el acto, sin que otra motivación lo haya determinado, inspirado por un placer antinatural de destruir la vida humana”.

“Surge acreditado, con el grado de certeza necesario para condenar, que el encartado se aprovechó de la situación de desigualdad en que se encontraba la víctima, físicamente disminuida, demostrando así total desprecio por su vida”, refirió otro párrafo de la resolución.

Fuente: Primera Edición.

 

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