Frontera: Ya no será necesario presentar el certificado de vacunación para el ingreso

El ingreso de personas al territorio nacional quedará sujeto al cumplimiento de los requisitos migratorios vigentes y del conjunto de medidas sanitarias que se detallan a continuación: extranjeros que ingresen a la Argentina por menos de 24 horas deben presentar únicamente documentación personal. Quedan eximidos del certificado de vacunación. Por mas de 24hs deberán completar la declaración jurada y presentar seguro de salud.

Iguazú (LaVozDeCataratas) Fue publicado en el boletín oficial el día 06 de abril de 2022, las nuevas medidas sanitarias que rigen para el ingreso y egreso de persona al territorio nacional.

Las nuevas disposiciones son las siguientes: Los argentinos,  o residentes deberán completar, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje, la declaración jurada electrónica (DDJJ) declarando su estado de vacunación.

 Las personas extranjeras no residentes deberán completar también, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje, la declaración jurada electrónica (DDJJ) declarando su estado de vacunación y deberán tener un seguro de salud Covid-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios.

 Quedarán exceptuados de esta medida aquellos extranjeros de nacionalidad ucraniana, o provenientes de Ucrania, que hayan emigrado con motivo del conflicto bélico.

 Aquellas personas, sean residentes o extranjeros, que ingresen al territorio nacional por vía terrestre y por un plazo menor a 24 horas quedarán eximidas de lo solicitado anteriormente.

 Se recomienda a aquellas personas que no se encuentren vacunadas, o tengan su esquema de vacunación incompleto, la realización de una prueba diagnóstica de Covid-19 dentro de las 24 horas posteriores a su entrada al país.

 Los operadores de transporte, transportistas y tripulantes deberán también completar la declaración jurada electrónica (DDJJ) dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje. En el caso que sean extranjeros no residentes, deberán contar además con un seguro de salud Covid-19.

 Aquellos tripulantes no vacunados o con esquema de vacunación incompleto deberán acreditar su estado de salud con una prueba de antígenos realizada al menos 48 horas o PCR negativa realizada al menos 72 horas previas al abordaje.

 Se admite la «Libre Plática» de los buques internacionales emitida de modo remoto y se seguirá actuando conforme a lo establecido ante un brote de Covid-19 a bordo de un crucero internacional

– Se autoriza la salida del país de restos humanos de personas fallecidas a causa de la Covid-19 siempre que cumplan con las condiciones correspondientes para el trámite.

– Se determina una apertura programada y escalonada de los puntos de ingreso al territorio nacional no habilitados hasta el presente.

 Ya no será necesaria la habilitación de los puntos de ingreso al territorio nacional en carácter de «corredor seguro», como tampoco deberá mediar intervención de la autoridad sanitaria para posteriores habilitaciones.

No obstante, si la situación epidemiológica lo requiere, las medidas de prevención podrán ser nuevamente instauradas.

Para mas información click aqui27205787912_011_00003_00000548

error: Contenido protegido!