Poliamor registral filiatorio”. Con ese concepto, la jueza Myriam Cataldi autorizó que un bebé fuera inscripto con dos padres y una madre. Y, aunque la sentencia solo afecta a las personas involucradas, echa luz sobre la realidad de aquellos que deciden formar una familia por fuera de los cánones tradicionales.
En el fallo del Juzgado Nacional en lo Civil Nº 7 de la Ciudad de Buenos Aires se resumió la historia: dos varones que están en pareja y conviven desde el 2018 tenían ganas de ser padres. Después de evaluar varias opciones, su terapeuta les propuso apostar por la coparentalidad y buscar una mujer que tuviera el mismo deseo que ellos. La encontraron en un sitio de internet que conecta personas en la misma situación y avanzaron. Ya había habido otros casos similares, pero esta fue la primera vez que se inscribió así desde su origen: poliamor.
Triejas y nuevos modelos de crianza son solo algunos de los debates que crecen alrededor del caso. Y, aunque los protagonistas de esta historia no comparten un vínculo sexoafectivo, sí tomaron una decisión familiar en conjunto.
“¿Es poliamor? Pues podría ser. Estamos en momentos de construcción de estas etiquetas, pero según nuestro criterio por supuesto que colabora y podría leerse como poliamor. Las familias siempre fueron diversas, el problema está en creer que existe una sola manera de formar familias”, asegura a NOTICIAS Cecilia Figlioli, politóloga al frente del espacio Relaciones Abiertas.
Figlioli, además, tiene una relación con tres personas y, entre los cuatro, comparten la crianza de un niño. En su cuenta de Instagram suele profundizar sobre los asuntos del amor romántico, pero también acerca de los obstáculos concretos con los que se encuentran aquellos que deciden vivir por fuera de las reglas de la monogamia.
“Hay situaciones que escapan a los derechos que otorga el matrimonio y la filiación ‘biológica’. Por ejemplo, yo crío un hijastro al cual no puedo darle mi obra social o no puedo heredar. Si mañana te separás de tu pareja, que es la madre o el padre biológico de esa criatura, vos no tenés nada que te respalde para poder seguir con esa relación de crianza, con ese vínculo. Y, peor aún, no hay forma de hacer cumplir la obligación que ese vínculo generó”, cuenta Figloli.
Natalia de la Torre, docente en Derecho de Familia en la Universidad Nacional de Avellaneda y en la Universidad de Buenos Aires, coincide: hoy la única forma que tienen las triejas de formalizar su vínculo cuando hay un menor de por medio es a través de la judicialización. Sin embargo, en la Argentina, la Ley de Matrimonio igualitario significó un gran avance para que los casos prosperen.
“Esa norma primero puso en crisis cualitativamente el binomio parental y planteó que podía haber dos mamás o dos papás. Poco después sirvió para que se pusiera en crisis cuantitativamente: ¿por qué no se puede más de dos?, ¿es razonable?”, contó la abogada.
El artículo 558 del nuevo Código Civil estableció que “nadie puede tener más de dos vínculos filiales”. Sin embargo, al mismo tiempo se reconocieron tres fuentes filiales, es decir, tres formas que el Derecho reconoce para que un menor pueda inscribirse como hijo de alguien: a través de la filiación biológica, de la adopción y del uso de las técnicas de fertilidad con la noción de voluntad procreacional. Y la consecuencia directa de estas modificaciones fue que se abriera un horizonte de oportunidades para aquellos que pretenden construir familias diversas.
Que la jueza Cataldi incluyera el término “poliamor” en su sentencia puso en evidencia que este concepto comienza a dejar de ser algo marginal o extravagante. Atrás parecen haber quedado los años en los que Susana Giménez sentaba en su living a las gemelas Kuegler para que contaran en el prime time detalles sexuales con la pareja que compartían. En aquel momento, llevar a la televisión a una trieja parecía solamente querer alimentar el morbo de televidentes que jamás se hubieran imaginado opciones por fuera del matrimonio tradicional.
Fuente Perfil