Confirmaron procesamiento de pastor por trata laboral contra jóvenes de un centro de rehabilitación de adicciones ilegal

También se le imputan los delitos de comercialización de fauna silvestre y maltrato animal. La investigación determinó que existía situación de vulnerabilidad social, económica y de salud de las personas.

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó en las últimas horas el procesamiento por trata de personas y otros delitos contra un pastor evangélico que tenía a su cargo una “iglesia”, un comedor, un centro de rehabilitación de adicciones y dos comercios.

Según se informó, el hombre está siendo investigado por nueve casos de trata de personas con fines de explotación laboral, ocho casos de privaciones ilegales de la libertad y el ejercicio ilegal de la medicina por no tener el espacio para personas con consumos problemáticos autorización alguna.

De acuerdo con la investigación, y según publicó el Ministerio Público Fiscal de la Nación, las maniobras se daban en un radio de pocos metros de distancia, lo que facilitaba el control sobre las víctimas.

También se le imputan los delitos de comercialización de fauna silvestre (97 animales) y maltrato animal (154 animales), dado que en los allanamientos a las fincas se encontró una gran cantidad animales.

La apelación de la defensa llevó el caso a estudio de los camaristas Alejandro Tazza y Eduardo Jiménez, quienes confirmaron el procesamiento dictado en primera instancia.En la resolución, los jueces del tribunal revisor analizaron primero el “tratamiento ilegal” ofrecido a través del Programa Cristiano de Rehabilitación de Adicciones, denominado “Hogar”, que “sería parte del mecanismo utilizado para captar y acoger personas vulnerables”.

Entre las pruebas se valoró que en los allanamientos realizados se encontró un folio donde se encontraban las normas para acceder a la internación, como 45 días sin recibir visitas y el impedimento de contacto telefónico durante tres semanas.

De acuerdo a los testimonios, también eran 45 los días en que los jóvenes no podían salir del lugar, el cual no contaba con profesionales de la psicología ni la psiquiatría.

Las mismas personas víctimas relataron en el marco de la causa que ese tratamiento ilegal tenía una duración de nueve meses, y que pasados los 45 días podían salir a trabajar para sustentar sus gastos en el marco de emprendimientos del propio pastor.

En la investigación se estableció también que, incluso, pese a haber en muchos casos culminado el “tratamiento”, los jóvenes seguían, en algunos casos durante años, entregando el dinero ganado al hombre. Esto se sumaba al diezmo que debían entregar en la iglesia, aun cuando sus ingresos provenían de un plan social o asistencia por discapacidad.

El fiscal Adler había indicado en su dictamen que “los testimonios, valorados en conjunto con las tareas de campo a cargo de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y las escuchas telefónicas, dan cuenta que el trabajo realizado por los damnificados, excedía notoriamente tareas de cuidado o instructivas como terapia de los ‘internados’”.

Además, el representante del MPF sostuvo que el acusado “aprovechó la vulnerabilidad de niños, adolescentes y otras personas vulnerables que en su mayoría habían caído bajo la dependencia del alcohol y de las drogas, prometiéndoles un tratamiento de rehabilitación, para el cual no tenía ningún tipo de autorización oficial ni experticia”.

En línea con lo señalado por el juez de instrucción y el Ministerio Público Fiscal, la Cámara Federal subrayó que existía un denominador común entre las personas captadas y/o acogidas por el acusado: la situación de vulnerabilidad social, económica y de salud en que se hallaban en virtud del consumo problemático de sustancias estupefacientes y/o alcohol, la falta de oportunidades laborales y habitacionales, la edad y la falta de vínculos familiares sólidos.

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