Ley Lucio: A través de las redes sociales en Iguazú son continuas las denuncias de abandono y maltrato

Se aprobó la Ley Lucio: ya no se puede mirar para otro lado frente al maltrato y el abuso sexual infantil. Pero una vez que se conocen los derechos y las leyes para cumplirlos es más importante el modo de hacerlos cumplir. En los últimos días en Iguazú se vienen denunciando a través de las redes sociales la vulnerabilidad en la que se encuentran los niños: Tal es un nuevo caso, el de Brenda.

Iguazú (LaVozDeCataratas) El 13 de abril se aprobó, en el Senado de la Nación, por unanimidad, la Ley Lucio. El objetivo de la norma es la prevención y detección temprana de situaciones de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en homenaje a Lucio Dupuy, el niño de cinco años, asesinado el 26 de noviembre de 2021 en La Pampa. Su mamá, Magdalena Espósito Valenti fue sentenciada por homicidio triplemente calificado y su pareja, Abigail Páez, por homicidio doblemente calificado y por abuso sexual por acceso carnal.

La Ley Lucio busca que la formación para defender a las infancias y detectar situaciones de agresiones familiares generen un cambio masivo y que ningún chico/a tenga que sufrir sin ser ayudado a vivir en un lugar donde lo cuiden y respeten.

En los últimos días en Iguazú se vienen denunciando a través de las redes sociales la vulnerabilidad en la que se encuentran los niños: Tal es un nuevo caso, el de Brenda Rotela quien denunció «toque fondo, no aguanto mas estoy tan cansada de esta situación. Esta es mi hermana desde que parió sus hijos los abandona a veces se va 5 o 6 días los deja sin importarle si tienen para comer o no. Sus bebés tienen 3 y 1 año.  Alguien me explique como me muevo con 4 criaturas , necesito que alguien me escuche. Acción Social no sé más que hacer y no estoy capacitada para cuidar de ellos, todas las noches lo mismo.  No me ayuda en nada encima cuando aparece es ella la más mala, se escapa salta los muros , esta re fisura y eso no importa pero lo feo es que es una mala madre no quiere a sus hijos. Creo que van a estar mejor con otra persona».

Según la LEY, la autoridad de aplicación es la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. A partir de la publicación en el Boletín Oficial, la Secretaría de Niñez tiene seis meses para generar el contenido de la Ley Lucio, conjuntamente con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia (Cofenaf). Se podría esperar que entre fin de año y comienzos del año que viene se puedan terminar de delinear los contenidos y se comiencen a dar las capacitaciones.

La norma exige que se respete la Convención por los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución, en el artículo 75 inciso 22; impone generar condiciones de convivencia con vínculos de afecto y buen trato; se establece que se deben hacer campañas de buen trato en la vida cotidiana; se alienta a promover espacios para que las niñas, niños y adolescentes sean escuchados en todos los procesos administrativos y judiciales; se propone que las infancias y adolescencias puedan incidir en el diseño de políticas públicas que afecten sus intereses y derechos y se debe propiciar la perspectiva de género y diversidades, conforme a los marcos normativos vigentes.

En la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (26.061) ya existe el deber de comunicar una vulneración o amenaza de derechos y el deber de recibir y tramitar una denuncia por parte del funcionario público, en los artículos 30 y 31. Además, la ley 27.455 modificó el Código Penal y estableció al abuso sexual como un delito de instancia pública que no podía decidir no denunciarse, sino que tenía que investigarse siempre, más allá de la decisión de los familiares de la víctima, ya que si una mamá encubría un abuso y quería esconderlo podía no ser denunciado. Ahora no. La definición de “instancia pública” obliga a un médico que ve lesiones compatibles con un abuso sexual o a una docente que encuentra dibujos que describen padecimientos derivados de abusos a denunciar a las autoridades el delito.

Un  punto fundamental para que el miedo no inhiba a las y los profesionales de la salud, profesoras, trabajadoras sociales o vecinos/as es que se debe procurar la reserva de identidad del denunciante y la protección de su integridad para que no puedan ser amenazados, vengados o amedrentados por señalar los golpes, violaciones o descalificaciones de progenitores hacia sus hijos e hijas.

Para frenar el maltrato infantil es importante que los puentes estatales de protección sean tangibles y no letras llenas de buenas intenciones, pero difíciles de poner en prácticas. Es fundamental la operatividad para que la comunidad de vecinos/as o de madres y padres de la escuela, el club o el barrio pueda interceder fácilmente cuando escuchan gritos, golpes o llantos o detectan señales de descuido o violencia.

 

 

 

 

 

error: Contenido protegido!