La niña jugaba en el patio cuando el concubino de su abuela la abusó

Una menor de 9 años fue ultrajada en septiembre de 2019. El acusado fue condenado en juicio abreviado a doce años de prisión efectiva por “abuso sexual con acceso carnal”, por manosearle los genitales.

Un hombre de 65 años deberá cumplir una condena de doce años de prisión efectiva por haber abusado sexualmente de la nieta de su concubina cuando ella tenía 9 años, en septiembre de 2019.

El fallo fue determinado a través de una audiencia de visu para acordar un juicio abreviado. El acto se concretó hace pocas horas ante el fiscal del Tribunal Penal 2, Vladimir Glinka.

De acuerdo a los detalles del acuerdo, el imputado fue denunciado por su expareja y abuela de la víctima directa del delito contra la integridad sexual.

Fue la menor quien rompió el silencio y le relató a su familiar que su considerado “abuelo” mediante la fuerza la sujetó y comenzó a manosearla, pese a los sollozos de súplica y miedo que evidenció la niña.

El acceso carnal quedó probado por los análisis clínicos que se plasmaron en el expediente en la etapa de instrucción de la causa y luego de las denuncias que de inmediato realizó la abuela materna de la víctima.

Pero el relato detallado de la menor fue contundente en Cámara Gesell y por consecuencia directa, creído y acompañado por los magistrados de la causa.

FISCAL GLINKA. El acuerdo de juicio abreviado fue firmado hace pocos días.

El caso tenía próxima fecha para debate ante el Tribunal Penal 2 de la Primera Circunscripción Judicial, pero se evitó con el ofrecimiento de la pena de doce años por los delitos en carácter de autor responsable que admitió el acusado, hechos previstos en el artículo 119 del Código Penal Argentino (párrafos Tercero y Cuarto e inciso F).

Como detalles del hecho, este Diario se reserva los datos que puedan revictimizar, se puede remarcar que la menor fue víctima cuando se quedaba a solas con el concubino de su abuela en la vivienda del barrio Villa Urquiza.

Durante la tarde del 1 de septiembre de 2019, el victimario aprovechó que la niña jugaba en el patio del inmueble y con mentiras la acercó a su habitación para cometer el ultraje sexual.

Según las actuaciones radicadas en la Comisaría de la Mujer de la Unidad Regional I (calles Félix de Azara y Córdoba) todo lo sucedido fue denunciado y la pesquisa originada como “abuso sexual simple”, pero bajo la interpretación de la ley en la actualidad la utilización de la mano en los genitales de una víctima puede considerarse acceso carnal.

Esta postura determinada para la acusación es similar cuando se investiga un abuso por sexo oral o la utilización de otros elementos.

Para que los plazos de la ejecución de esta condena comiencen a correr, resta la homologación (durante los próximos días) del acuerdo por parte de los camaristas del Tribunal Penal 2, César Antonio Yaya, Carlos Jorge Giménez y Gregorio Augusto Busse.

Fuente Primera Edición
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