El exsacerdote Carlos Eduardo José fue declarado en rebeldía y bajo pedido de captura nacional e internacional por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2 de San Martín que este martes iba a condenarlo por abuso sexual. El imputado no se presentó a la audiencia y tampoco fue hallado en la vivienda de Caseros donde había fijado domicilio.
La abogada que representaba al excura permaneció en la sede judicial y fue la encargada de avisar informalmente a las partes que su defendido no respondía a los mensajes que le había enviado desde primera hora de la mañana.
Luego de una postergación de tres meses solicitada por la defensa, los magistrados habían convocado la “audiencia de cesura” a las 9 de la mañana en la causa contra el exsacerdote por abuso sexual gravemente ultrajante de una alumna menor de edad, después de que el Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires revirtiera parcialmente su absolución por prescripción en octubre pasado.
Junto a la víctima, Mailín Gobbo, estuvieron presentes desde temprano dos de las cuatro denunciantes originales, quienes no obtuvieron justicia porque los cargos contra José fueron declarados prescriptos por el tiempo transcurrido.
Esperaron durante tres horas por si aparecía, pero fue la letrada de José quien informó que el acusado no contestaba los mensajes. Por ese motivo, la policía se hizo presente con una orden de allanamiento en el domicilio de Carhué 5273, pero nadie respondió a los llamados y “resultaron negativos” todos los esfuerzos por encontrarlo.
El 9 de marzo de 2021, José recuperó su libertad tras permanecer tres años en prisión cuando el TOC N°2 de San Martín lo absolvió al considerar que estaba extinta por prescripción la persecución penal por el denominado “hecho 1″ –ocurrido en el colegio San José Obrero de la localidad bonaerense de Caseros entre 2000 y 2001– y del “hecho II”, que tuvo lugar entre 1999 y 2008 en la casa de la misma víctima.
Esa sentencia fue apelada tanto por los abogados querellantes como por el fiscal de juicio Ricardo Romero, quienes habían coincidido en solicitar 20 años de prisión.
A mediados de octubre del año pasado, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires revocó parcialmente el fallo de 2021 por considerar “acreditados” tanto “la materialidad ilícita” como “la autoría responsable” del imputado con relación a los hechos denunciados como ocurridos entre 1999 y 2008 en la casa de la víctima, entre sus 12 y sus 21 años.
Esto implicó que la causa volviera al mismo tribunal de primera instancia de San Martín cuyo fallo fue parcialmente revocado, donde una nueva conformación debía limitarse a determinar la pena de la sentencia condenatoria, sin posibilidad de volver a revisar los hechos o cambiar el sentido de la decisión judicial.