Iguazú (LaVozDeCataratas) El hecho ocurrió alrededor de la una de la mañana en la estación de YPF sobre Av Córdoba y Victoria Aguirre. «La policía le hizo cerrar al empleado diciendo que ya no había más combustible, cuando hacía un rato que se había ido el camion»
Los empleados cumplen órdenes de sus superiores, es una continua pelea que cada dia se pone más tenso el clima a la hora de ir a abastecerse, largas filas que se generan a la espera, y los surtidores especiales que se dispusieron por ordenanza no funcionan «o nunca tienen combustible», dijeron a LaVozDeCataratas.
Los manifestantes hacen hincapié en los artículos que no se están cumpliendo, «ni hay personal de tránsito controlando como dice ahí, no hay carteles que indiquen las filas para transporte de pasajeros y particulares y no se le aplican las multas a la estación de servicio tampoco, o sea nada. En algunas ni filas distintas hay»
«Si no insistimos con esto Iguazú es tierra de nadie, yo hago transporte de personal de aeropuerto, y ni siquiera podemos cumplir con los horarios por estar haciendo horas de fila. Los choferes después de su día de trabajo en vez de estar descansando con su familia, vienen a dormir en las estaciones, es un verdadero caos. Deben quitarle prioridad y privilegios a los extranjeros», recalcó una trabajadora a este medio
El intendente municipal Claudio Filippa sancionó una ordenanza donde indica:
ARTICULO 1º HABILITAR en todas las estaciones de servicios que se hallan dentro del territorio de la Ciudad de Puerto Iguazú y en las cuales se efectúan la venta de combustible – nafta en todos sus tipos y gasoil en todos sus tipos.-CARRILES EXCLUSIVOS, DENTRO DE LOS PLAZOS DE 24:00 HS. PARA AQUELLOS VEHICULOS DEBIDAMENTE HABILITADOS PARA EL TRANSPORTE DE PASAJEROS.
ARTICULO 2º Aquellos vehículos comprendidos en esta resolución deberán encontrarse debidamente habilitados para el transporte de pasajeros, contando a su vez con las obleas correspondiente que indiquen dicha habilitación, como también la identificación de la parada o empresa para la cual preste servicios.
ARTICULO 3°: Las estaciones de servicios indicadas en el ART. 1 deberán exhibir carteles indicadores que diferencien los carriles a los efectos de la correcta formación de filas.
ARTICULO 4°: La dirección de tránsito dependiente del D.E.M deberá colaborar y velar por el correcto cumplimiento y aplicaciones de la presente Resolución.-
ARTICULO 5°: Aquella estaciones de servicios que incumplan con la presente resolución, serán posible de multa por valor del equivalente 1.000 (mil) Lts. De Nafta Súper.
ARTICULO 6°: TOME: Conocimiento los interesados, Secretaria de Gobierno, Dirección de Transito.