Iguazú (LaVozDeCataratas) Contó con la participación de la responsable del área de Turismo Accesible de Ministerio de Misiones, Lic. Mónica Amado y el Licenciado Adrián giudice. Tomaron como eje principal la adhesión a la ley nacional 26.858: Misiones aborda la importancia del acceso, deambulación y permanencia de perros guías o de asistencia a personas con discapacidad, basándose en principios de igualdad, inclusión y respeto a los derechos humanos.
La Adhesión Provincial a la Ley 26.858 – Derecho al acceso, deambulación y permanencia a lugares públicos y privados de acceso público y a los servicios de transporte público, en sus diversas modalidades, de toda persona con discapacidad, acompañada por un perro guía o de asistencia, podría ser sancionada en el 2024 en Misiones.
El turismo accesible está relacionado con las situaciones que se dan en esta búsqueda del disfrute de cada una de las posibilidades que el turismo brinda, y en las que se encuentra una gran parte de la población que viaja y demanda servicios turísticos, que presenta necesidades especiales, que tienen que ver con su movilidad o capacidad de comunicarse, y las dificultades con las que se enfrenta para utilizar con autonomía los medios de transporte y las instalaciones o servicios que le ofrece el entorno convencional.
El Turismo Accesible es un “complejo de actividades originadas durante el tiempo libre, orientado al turismo y la recreación, que posibilitan la plena integración. Se tomó como ejemplo «el perro de asistencia» es el que acompaña, conduce y auxilia a las personas con discapacidad. «No es una mascota»
La Ley de Turismo Accesible promueve el derecho a un turismo para todos. Establece pautas de integración respecto de las actividades recreativas, turísticas y culturales para personas con movilidad reducida; teniendo como especial objetivo una verdadera integración física, funcional y social de las personas con discapacidades, planificando un futuro sin barreras y adoptando el medio actual mediante su eliminación gradual.
La persona con capacidades restringidas debe poder integrarse a su grupo de pertenencia y al medio en el que desea desenvolverse, sin que existan barreras que impidan o dificulten el desarrollo de sus actividades en su entorno social y físico.
El otro fundamento para el turismo accesible radica en la demanda potencial de bienes y servicios turísticos que implica la consideración de los turistas con capacidades restringidas.