Iguazú (LaVozDeCataratas) El hecho tuvo lugar el 19 de julio de 2024 en el Puente Internacional Tancredo Neves. La pareja, un hombre de 32 años oriundo de Mar del Plata y una mujer de 35 años nacida en Leandro N. Alem pero residente en Posadas, cruzaba a bordo de un Renault Sandero. Durante una inspección rutinaria, de personal de Aduana, surgieron sospechas cuando el hombre comenzó a contradecirse en sus respuestas.
A pesar de que la valija en el baúl no reveló nada ilegal al pasar por rayos X, los agentes notaron un comportamiento inusual en el compartimiento de la guantera. Al revisar más a fondo, detectaron 44 paquetes ocultos, cuyo contenido, tras un test inicial, dio positivo para cocaína. La pareja fue inmediatamente detenida y el vehículo incautado, quedando el caso bajo la jurisdicción del Juzgado Federal de Eldorado.
Sin embargo, cuando la sustancia fue sometida a un análisis químico más exhaustivo por el Escuadrón 10 de Gendarmería, el resultado fue sorprendente: no se trataba de cocaína, sino de xilocaína, una sustancia comúnmente utilizada como anestésico y a veces como «corte» en la elaboración de drogas, pero que no es ilegal ni controlada.
Ante estos resultados, el juez a cargo, Miguel Ángel Guerrero, dictaminó que no había fundamentos para continuar con una imputación por narcotráfico, y la pareja quedó exonerada. Sin embargo, el juez no descartó que puedan aplicarse sanciones por el entorpecimiento del procedimiento.
Este caso destaca la importancia de las pericias científicas en la resolución de casos complejos y resalta las implicancias legales cuando se incautan sustancias que no son ilegales, pero que podrían generar confusiones en controles fronterizos.