Iguazú (LaVozDeCataratas) La ordenanza se enmarca en la adhesión a la Disposición 480/2020 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, complementando lo establecido en las Leyes de Tránsito N° 24.449 y 26.363. Ante el crecimiento del uso de estos vehículos en la ciudad, se consideró necesario establecer normas claras para su circulación y seguridad.
Principales disposiciones de la ordenanza
- Se consideran VMP aquellos vehículos de una o más ruedas, autopropulsados por motorización eléctrica u otro tipo, destinados al traslado de personas. No se incluyen bicicletas, bicicletas con pedaleo asistido ni dispositivos para personas con movilidad reducida.
- Requisitos para los VMP:
- Sistema de frenos eficaz.
- Iluminación obligatoria: luz blanca delantera y luz roja trasera encendidas durante la marcha.
- Bocina o sistema de alerta sonora conforme a la legislación vigente.
- Limitación de velocidad a 25 km/h.
- Uso obligatorio de casco de protección.
- Chaleco de alta visibilidad color naranja o amarillo.
- Normas de circulación:
- Solo puede circular una persona por VMP, sin transportar carga, animales u otros pasajeros.
- Permitida la circulación por calles, avenidas y zonas urbanas, con uso obligatorio del carril derecho.
- Prohibida la circulación por aceras, zonas exclusivas para peatones y rutas.
- Prohibido el uso de teléfonos móviles, auriculares u otros dispositivos que distraigan al conductor.
- Prohibido conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, con obligación de someterse a controles de alcoholemia.
- Registro obligatorio y seguro:
- Solo pueden conducir VMP personas mayores de 16 años.
- Se requiere seguro de responsabilidad civil contra terceros y Documento Nacional de Identidad.
- Creación del Registro Municipal de Vehículos de Movilidad Personal, a cargo de la Dirección de Tránsito.
- Los propietarios deben inscribir sus VMP en dicho registro y exhibir una oblea identificatoria en el vehículo.
- Sanciones:
- Se aplicarán según el Código de Faltas Municipal.
- La autoridad de aplicación contará con 60 días para reglamentar la normativa.