Polémica por la reforma del reglamento de guías en Parques Nacionales: hoy, habilitan guías sin título

Uno de los cambios más cuestionados es la eliminación del requisito de formación académica para obtener la habilitación como guía. A partir de ahora, cualquier persona podrá acceder a la nueva categoría de "Guía de Sitio" tras aprobar un examen básico y leer material provisto por la APN. Esta medida afecta directamente a mas de 400 guías profesionales que trabajan en las Cataratas del Iguazú y que se formaron en institutos reconocidos, con estudios en biodiversidad, conservación y manejo de visitantes.

Iguazú (LaVozDeCataratas) La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó una reforma profunda del reglamento que regula la actividad de los guías en áreas protegidas. La Resolución 61/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, flexibiliza drásticamente los requisitos para ejercer la actividad, eliminando la necesidad de contar con un título terciario o universitario.

El nuevo reglamento divide a los guías en dos categorías:

🔹 Guía de Turismo Especializado: para quienes cuentan con formación académica y brindan interpretaciones profundas del patrimonio natural y cultural.
🔹 Guía de Sitio: destinado a personas sin formación técnica, que podrán realizar caminatas y excursiones básicas.

La posibilidad de que personas sin estudios formales accedan a tareas de guiado genera inquietud por la seguridad de los turistas y la calidad del servicio. Hasta ahora, las agencias estaban obligadas a contratar guías profesionales habilitados y respetar un límite de 30 pasajeros por guía. Con esta reforma, se abre la puerta a la informalidad y la precarización del trabajo.

Otro punto de la normativa es la digitalización total de los trámites de habilitación, suspensión y baja de guías. Aunque se presenta como una modernización, preocupa la implementación en zonas sin conectividad adecuada, afectando a guías locales sin acceso a herramientas digitales.

En paralelo, se endurece el régimen sancionatorio: las multas pueden alcanzar 15 veces el derecho anual, con suspensiones de hasta tres meses e inhabilitaciones de hasta tres años. Quienes ejerzan sin habilitación podrán enfrentar sanciones económicas y prohibiciones de hasta dos años.

La nueva normativa entrará en vigencia en 30 días hábiles, afectando a todos los guías actualmente habilitados, quienes deberán adaptarse a las nuevas categorías en su próxima renovación. Lo que se presenta como una simplificación del sistema podría convertirse en un duro golpe para la profesionalización del turismo en Argentina, afectando la calidad, la seguridad y la sustentabilidad del sector.

Lo lamentamos. No hay nada que mostrar aún.

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