Iguazú (LaVozDeCataratas) La entrada en vigencia de la Ley 27.801 modifica de manera sustancial el tratamiento penal de los adolescentes en Argentina y reemplaza el régimen que se encontraba vigente desde 1980.
El principal cambio es la reducción de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. De esta manera, los adolescentes que tengan entre 14 y 17 años al momento de cometer un hecho tipificado como delito podrán ser sometidos a un proceso penal.
Esto no significa, sin embargo, que un adolescente de 14 años que cometa un delito vaya automáticamente a prisión. La nueva legislación establece un régimen diferenciado del sistema penal de adultos, que contempla distintas sanciones y medidas según la gravedad del hecho y las circunstancias de cada caso.
La finalidad establecida por la propia ley es que el adolescente asuma responsabilidad por sus actos y, al mismo tiempo, promover su educación, resocialización e integración social.
Penas de hasta 15 años y sin prisión perpetua
Uno de los puntos centrales del nuevo régimen está relacionado con las penas que podrán recibir los adolescentes.
La legislación prohíbe expresamente las penas de reclusión y prisión perpetua para menores de 18 años y fija en 15 años el máximo de una pena privativa de libertad.
Además, quienes se encuentren privados de su libertad deberán permanecer en establecimientos especialmente destinados a adolescentes y separados de los adultos.
El régimen contempla diferentes modalidades de alojamiento, entre ellas institutos abiertos, establecimientos especializados de detención y, en determinados casos, arresto domiciliario.
También se establece la posibilidad de acceder a la libertad condicional una vez cumplidos los dos tercios de la condena, siempre que se reúnan los requisitos correspondientes.
No todos los delitos terminarán con un adolescente detenido
La reforma incorpora diferentes penas alternativas a la privación de la libertad.
Dependiendo del delito y de las circunstancias particulares, los jueces podrán establecer medidas como la reparación del daño causado a la víctima, restricciones de acercamiento, reglas de conducta y participación obligatoria en actividades educativas o comunitarias.
También se incorpora la amonestación judicial, que consiste en un llamado de atención formal al adolescente acompañado por otras medidas previstas en la legislación.
El objetivo es que la privación de la libertad no sea la única respuesta posible frente a un delito cometido por una persona menor de edad.
Monitoreo electrónico y seguimiento especializado
Otra de las novedades es la incorporación del monitoreo electrónico para adolescentes, que podrá utilizarse para controlar el cumplimiento de determinadas sanciones.
La ley también crea la figura de un supervisor especializado, encargado de realizar el seguimiento, asistencia y control de aquellos adolescentes que reciban penas alternativas.
Estos supervisores deberán contar con formación en áreas vinculadas con educación, psicología, trabajo social, adicciones o pedagogía infantojuvenil.
En caso de incumplimiento de las medidas impuestas, el juez podrá disponer una sanción más severa.
Mayor participación de las víctimas
El nuevo régimen también introduce cambios respecto de quienes hayan sido víctimas de delitos cometidos por adolescentes.
Las víctimas tendrán derecho a participar en el proceso judicial y recibir información sobre el avance de la causa.
Además, la normativa contempla la responsabilidad civil de los padres por los daños derivados de los hechos ilícitos atribuidos a sus hijos menores de edad.
Por otra parte, continuará vigente la protección de identidad de los adolescentes sometidos a procesos penales. No podrán difundirse sus nombres, apodos, domicilio, filiación, parentesco ni imágenes que permitan identificarlos.
El desafío de implementar el nuevo sistema
La puesta en marcha del régimen también plantea interrogantes sobre la capacidad de las provincias y del sistema judicial para aplicar los cambios.
Entre los principales desafíos aparecen la necesidad de contar con establecimientos adecuados, personal especializado, supervisores y dispositivos de monitoreo electrónico, además de adaptar los procedimientos provinciales a la nueva legislación nacional.
La implementación del nuevo sistema cuenta con una partida presupuestaria establecida por el Congreso de $23.739 millones.
Algunas provincias ya comenzaron a trabajar en protocolos y adecuaciones normativas, mientras que en el ámbito judicial existen expectativas por el posible aumento de causas a partir de la incorporación de adolescentes de 14 y 15 años al sistema penal.
Con la entrada en vigencia de la nueva ley, Argentina deja atrás el régimen que establecía la inimputabilidad para los menores de 16 años y comienza a aplicar un nuevo esquema de responsabilidad penal para adolescentes desde los 14 y hasta antes de cumplir los 18 años.