Iguazú (LaVozDeCataratas) La adición de un apellido al DNI puede ser solicitada por la madre, el padre o la persona interesada, siempre que esta última tenga la edad y madurez suficientes. El Renaper aclara que, antes de tramitar el nuevo DNI, es necesario realizar la rectificación de la partida de nacimiento.
El Renaper explicó que la adición de un apellido no altera el orden de los apellidos al momento del nacimiento; el apellido adicionado se consignará en segundo lugar. Este trámite puede ser realizado por:
- Personas mayores de 18 años.
- Ambos progenitores conjuntamente cuando se trata de un menor de 18 años.
- Uno de los progenitores con una autorización firmada y certificada por ambos.
Para adicionar un apellido al DNI, se necesita:
- Acta de nacimiento de la persona a la que se le quiere adherir el apellido.
- DNI del solicitante.
- Acta de nacimiento de la madre o del padre cuyo apellido se quiere adherir al documento.
- Autorización con firma certificada por ambos progenitores (este requisito solo se aplica para menores de 18 años que no son acompañados por ambos padres).
Una vez que la partida de nacimiento ha sido rectificada, el ciudadano debe solicitar la emisión de su nuevo DNI. Para esto, el Renaper requiere que se presente la partida de nacimiento actualizada y el último Documento Nacional de Identidad.
La gestión puede realizarse en el registro civil o en cualquier centro de atención del Renaper. El costo del nuevo DNI es de $3.000. Es posible solicitar un turno previamente a través de la plataforma de Mi Argentina.
Este trámite facilita que los ciudadanos puedan portar ambos apellidos, contribuyendo a una identidad más completa y respetuosa de las raíces familiares.